Salesianos de Utrera mantendrán sus tres aulas de Infantil

26 julio 2014

El pasado mes de junio se conocía la decisión de la Consejería de educación de reducir el concierto de una unidad de intantil de 3 años del Colegio Salesiano “Nuestra Señora del Carmen” de Utrera. Desde ese momento los padres afectados junto al centro acordaron recurrir la Orden ante la Sala de lo contencioso-administrativo de TSJA

El centro había solicitado concierto para 9 unidades de Infantil (tres líneas completas), las mismas que estaban en funcionamiento en el presente curso, al recibir una demanda de 88 solicitudes para infantil de 3 años, cupo más que suficientes para llenar las tres unidades de la etapa que suponen 75 vacantes.

Los padres afectados, aquéllos que quedaron en el listado de no admitidos y se quedaron fuera de no mantenerse la unidad, decidieron interponer el correspondiente contencioso-administrativo contra la Orden de resolución de conciertos y solicitar en dicho procedimiento medida cautelar para el mantenimiento provisional del concierto en dicha unidad, que permitiera escolarizar a sus hijos temporalmente, mientras se resuelve el fondo del asunto, evitando así que el procedimiento pierda su eficacia frente a ellos. Por su parte, la Titularidad del centro, la Congregación Salesiana, también decidió interponer un contencioso-administrativo frente a la Orden de conciertos.

El motivo esgrimido por la Consejería para reducir ese aula, al igual que ya ocurriera en otros centros concertados, hace justo un año, es el descenso demográfico, ésta vez en Utrera, y la existencia de vacantes en la zona.

La asesoría jurídica de la Inspectoría María Auxiliadora, a través del abogado Jesús Muñoz de Priego, ha declarado que el argumento “constatable es que la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía decidió quitar esta unidad con abundante demanda social en los Salesianos de Utrera y a la vez amplió una unidad más de Infantil de 3 años en el Colegio Público Rodrigo Caro, para la que, por cierto, según ha recogido recientemente la prensa local, ni siquiera tiene espacios”.

Para Muñoz de Priego  “el caso del Colegio Salesiano de Utrera era especialmente sangrante, pues fue precisamente la Consejería, hace unos años, la que pidió al centro que construyera y autorizara tres líneas de Infantil en Utrera para atender la enorme demanda social de la localidad. Esto le ha supuesto al centro importantes inversiones y gastos que, sin embargo, no ha dudado en afrontar. Resulta lamentable que ahora la misma Consejería pague así la actuación del centro, máxime cuando nos tememos que dicho proceder no responde a criterios jurídicos, ni organizativos o de gestión, sino exclusivamente a decisiones políticas”.

Gracias a la nueva medida cautelar, mediante Auto de 2 de julio de 2014, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA acordó “adoptar la medida cautelar interesada consistente en el mantenimiento del concierto para la unidad de educación infantil segundo ciclo que no fue renovada, mientras se sustancia el recurso”.

Esta medida permitirá que muchos padres que habían solicitado este centro para sus hijos y se habían quedado no admitidos esperando, sin escolarizar ni matricular a sus hijos en ningún otro centro, puedan previsiblemente comenzar el curso en el colegio solicitado.

La decisión del TSJA permitirá escolarizar a los solicitantes temporalmente, mientras se resuelve el fondo del asunto, evitando así que el procedimiento pierda su eficacia para ellos.

 

MANTENIMIENTO DE LA CAUTELAR ACORDADA EN EL COLEGIO “SAN LUIS REY” DE PALMA DEL RÍO (CÓRDOBA) 

En otro procedimiento también dirigido por el mismo despacho profesional de Sevilla, “Muñoz de Priego y Pérez, abogados”, se ha notificado Auto de 7 de julio de 2014, por el que se acuerda el mantenimiento de la medida cautelar concedida para la unidad de Ciclo Formativo de Grado Medio en el Colegio Salesiano de Palma del Río.

Jesús Muñoz de Priego explica el origen del supuesto en el que “la Consejería decidió reducir un concierto que estaba en vigor, en mitad del curso, alegando falta de alumnos, a pesar de que los alumnos eran los mismos que habían comenzado el curso y que existían, y la Administración conocía este dato, cuando se concedió el concierto, y cuando se publicó el mismo en el BOJA y cuando se firmó el documento administrativo de concierto con el centro”.

La Sala del TSJA acordó mediante Auto de 16 de mayo la medida cautelar. La Consejería de Educación decidió recurrir en reposición dicho Auto. La Sala del TSJA ha dictado Auto por el que, desestimando el recurso interpuesto por la Administración educativa andaluza confirma la medida cautelar.

 

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